Derecho Constitucional/ Social
Bruce Ackerman, académico de la Universidad de Yale: “Me preocupa la impracticabilidad de una convención mixta en Chile”
Bruce Ackerman |
Fernando Mendoza y José Tomás Ureta(*)
A propósito de su último libro “Revolutionary Constitutions: Charismatic
Leadership and the Rule of Law” (editado en 2019 por Harvard University Press),
el influyente académico, especialista en derecho constitucional, se refiere al
proceso constituyente chileno. “Una de las grandes ironías de la situación
chilena es que tienen una Constitución totalmente ilegítima y, en frente, 30
años llevando a cabo siete elecciones presidenciales democráticas”, señala.
Más de medio siglo como profesor en diversas
facultades de derecho en Estados Unidos, le han valido a Bruce Ackerman (76)
el título de Sterling Professor de la Universidad de Yale, el rango académico
más alto que otorga dicho establecimiento.
A lo largo de su carrera, Ackerman se ha especializado
en derecho constitucional y ha sido citado, en varias oportunidades, por académicos
chilenos que han estudiado los procesos constituyentes. En esta entrevista,
aborda el proceso que vive Chile.
¿Qué le parece la decisión de Chile de
constitucionalizar el conflicto social que estalló a partir del 18 de octubre?
Lo veo como una gran oportunidad, y aunque tengo
serios reparos con el diseño de la propuesta del proceso constituyente, es
precisamente aquí donde encontramos un ejemplo de real democracia dentro de una
Constitución ilegítima. La pregunta es si van a aprovechar esta posibilidad o
no. El peligro fundamental es que al término de estas movilizaciones, que
merecen un notable homenaje al pueblo chileno, especialmente cuando la
democracia se está desmoronando en otras partes del mundo, no haya una nueva
Constitución. Si ese es el resultado final, han perdido la oportunidad de tener
una Constitución popular durante por lo menos una generación.
¿Cuáles son sus reparos al diseño de la
propuesta del proceso constituyente?
Me preocupa la impracticabilidad de una asamblea
mixta. En el presente, Chile enfrenta gigantescos desafíos con los que el
gobierno en ejercicio debe lidiar, como el coronavirus. Existen un montón de
problemas prácticos que surgen a diario y hay instituciones políticas cuya
misión fundamental es enfrentar el día a día pero hay otras instituciones
políticas que deben preguntarse: ¿cómo queremos que se vea el futuro? Y la asamblea
a elegirse, idealmente, debería enfocarse en pensar exclusivamente en cómo debe
ser Chile en el futuro. Si mezclas el presente y el futuro en una sola
institución, las personas que deben preocuparse de resolver problemas prácticos
pueden verse tentadas de manipular la asamblea para facilitar la resolución de
sus problemas de corto plazo, distorsionando una efectiva resolución de
problemas de futuro y saboteando el rol de la asamblea de pensar en un proyecto
político para la próxima generación.
Por eso, debería haber dos foros políticos
verdaderamente separados que puedan enfocarse bien en los problemas que
naturalmente les corresponden. El Presidente y el Congreso para los problemas
del día a día y la asamblea constituyente para el futuro. Una eventual asamblea
mixta, en ese sentido, incurriría en esta problemática en que tienes a personas
cuyo rol está enfocado en el presente pensando en el futuro. Por eso, yo diría
que ningún miembro del Congreso debería participar en el foro. Sus miembros
deberían ser exclusivamente electos por el voto popular.
En su libro, a propósito del proceso
polaco, advierte que las elites tienden a precipitarse en acuerdos que buscan
contener a los movimientos populares, sin tomarse el tiempo para sopesar las
consecuencias de sus decisiones en el mediano plazo. En Chile, entre el inicio
de las protestas y el acuerdo del 15 de noviembre trascurrieron un poco más de
3 semanas…
Creo que el caso chileno es más parecido al italiano
que al polaco. Justo después de la Segunda Guerra Mundial, en 1946, Italia
adopta una nueva Constitución que, a pesar de ser aprobada con apenas un 50%,
fue capaz de repudiar el fascismo de Mussolini porque los italianos la hicieron
funcionar. En ese sentido, uno de los aspectos clave a la hora de redactar una
Constitución es qué tan fácil será modificarla después. Por lo que esta idea de
que la Constitución necesariamente tenga que contar con un amplio apoyo popular
para superar un texto constitucional de origen ilegítimo no es necesariamente
correcta.
¿Podría ocurrirnos algo similar a los
procesos constituyentes de Francia e Italia de posguerra, con asambleas muy
fragmentadas y con poca capacidad de aunar consensos? La convención chilena
funcionará con un quorum de 2/3 para aprobar las normas…
En la convención constituyente obviamente será
necesario hacer pactos. Y estos pactos reflejarán acuerdos, tal como ocurre en
los sistemas parlamentarios, ya que la convención constituyente funcionará bajo
esa lógica. Pienso que el parlamentarismo es un modo muy superior de gobierno
ya que, en tiempos normales, a diferencia del presidencialismo, no supone que
una sola persona pueda expresar la voluntad de la nación.
¿En qué sentido?
Usualmente, en los sistemas parlamentarios se dan
tradicionalmente dos escenarios: en primer lugar, ocurre que los partidos de
centro deben negociar con los sectores de izquierda o de derecha para formar
una coalición, con una mayoría parlamentaria que finalmente les permita
gobernar el país. En el segundo escenario, un partido o una coalición de
partidos previamente unida obtiene el poder, recibiendo de los votantes un
mandato amplio para realizar los cambios esperados. En este caso, el líder del
partido o coalición puede actuar como un presidente de facto, dada la
contundencia de su mandato. Sin embargo, este escenario es muy poco frecuente,
lo que fomenta que no haya cambios muy precipitados entre un gobierno y otro
gobierno, incentivando la negociación y el consenso entre las distintas fuerzas
políticas para obtener mayorías. Uno nunca convence a todos.
La constitución chilena es
súper-presidencialista, por lo que el sucesor del presidente Piñera se verá
enormemente influenciado por el camino que tome el proceso constituyente, el
que incluso de volver a postergarse en sus fechas, podría hacer coincidir la
elección presidencial con la de convencionales.
Creo que no debe haber una elección de convencionales
al mismo tiempo que tienen su elección presidencial. Peor aún, si la elección
para la asamblea viene después de las presidenciales, sea quien sea electo
podrá instrumentalizar esta elección y usarla como un voto de confianza a su
mandato. Esto hará que la constituyente se convierta en una elección que se focalizará
más en gritar a favor o en contra del presidente de turno, algo que obviamente
no es sano.
En su libro resalta la importancia del
poder judicial en la implementación de nuevos textos constitucionales. En
Chile, el proceso constituyente ha otorgado un rol preponderante a la Corte
Suprema para resolver los problemas procedimentales de la asamblea en desmedro
del Tribunal Constitucional. ¿Es esto un precedente importante en el debate?
Las constituciones revolucionarias les otorgan a las
cortes un rol preponderante en la consolidación de un nuevo ordenamiento
jurídico. Supongamos que la nueva Constitución es aprobada por 60% de los votos
y este nuevo texto tiene muchas nuevas palabras en ella. Tendremos casos en que
los jueces tradicionales, que fueron educados bajo la Constitución anterior, no
estarán en la posición de entender que hay un nuevo texto a obedecer. Esto los
puede hacer actuar en formas que eran plausibles bajo la antigua constitución,
pero que ahora ya no lo serán. Ha habido múltiples ejemplos de intervención
constitucional de los jueces para preservar un antiguo régimen que han sido
desastrosos. Si finalmente se aprueba y promulga un nuevo texto constitucional,
surgirán múltiples problemas de interpretación judicial para lo que necesitaremos
jueces pensantes. Algunos podrán hacer la transición ideológica a tiempo
mientras que otros no.
En su libro señala que el
constitucionalismo es, esencialmente, la imposición de límites al poder. Sin
embargo, durante esta pandemia la mayoría de los gobiernos han levantado esas
limitaciones a través de estados de excepción. ¿Qué riesgos vislumbra en esto,
dado que la crisis parece no retroceder?
Los riesgos son obvios. La pregunta que debe hacerse
más bien es cuál sería la forma realista de resolver este problema y cómo
hacerlo a través de las instituciones. La noción de terrorismo se ha estado
utilizando repetidamente para justificar los estados de emergencia que se han
impuesto después del 9/11. La ansiedad generada a lo largo de estos últimos 20
años en torno a este concepto han sido una preparación para esta nueva amenaza,
que, si bien no es una amenaza humana, es similar.
¿Y cómo se puede resolver eso?
A veces, cuando tienes que actuar rápidamente sin el
tipo normal de deliberación democrática, el problema crucial es impedir la
normalización de la emergencia. Mi propuesta para evitar esto es a través de
una escalada supra mayoritaria, en que los primeros dos meses, el presidente,
primer ministro o quien sea que tenga la potestad, declare el estado de
emergencia. Al final de los dos meses, si el gobierno desea renovarlo, debe
aprobarlo una mayoría parlamentaria, y luego, para ser renovado una vez más, tiene
que aprobarse por una súper mayoría del 60%, luego del 70%, y así. Con esta
forma de controles y contrapesos nos adaptamos a una solución, a través de una
respuesta democrática y seria a un problema real: cada cierto tiempo hay una
emergencia. Tener gobiernos incapaces de actuar en una emergencia es una
tragedia en sí misma. El objetivo crucial de un orden constitucional es generar
el apoyo de la población general que cree que la ciudadanía democrática
realmente funciona.
*Esta entrevista fue realizada en inglés y
posteriormente traducida al español. Fue hecha por el historiador, Fernando
Mendoza, y el licenciado en Ciencias Jurídicas, José Tomás Ureta.
Fuente: Extraído de Diario La Tercera de Chile